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Autorización para viajar con tus hijos menores.


Muchos clientes me hacen a menudo la misma consulta, ¿Puedo viajar con mi hijo cuando esté en vacaciones cuando quiera o es necesaria la autorización por parte del otro progenitor?

En primer lugar, hay que tener claro donde encuadrar este derecho que tienen los padre sobre si pueden viajar con sus hijos.

Las dos grandes partes que engloban el cuidado y desarrollo de un menor, en lo que a derechos y obligaciones se refiere, lo encontramos en la Patria potestad.Muchos progenitores piensa que por ostentar la Guarda y custodia del menor se tiene que hacer y deshacer lo que ellos decidan.

Esto es un error muy común que hace que los padres se inicien en esa lucha por obtener la Guarda y custodia de los menores, como si de una conquista de las que se libraban en la Primera Guerra Mundial se tratase.

Tener la Guarda y Custodia no es más que el porcentaje del tiempo que pasas con el menor, término que en mi humilde opinión debería de eliminarse ya.

Creo que el término adecuado debería ser, periodo o estancia con cada progenitor y no Guarda y custodia.Volviendo al tema que nos trata, y explicado lo que es la Guarda y Custodia, debemos saber que es la Patria potestad.

La Patria Potestad es la capacidad que tienen los progenitores para tomar decisiones sobre el desarrollo del menor, dicho en palabras coloquiales. Esto engloba la educación, las decisiones sobre la salud, las decisiones en materia de religión entre otras.

Como normal general la Patria potestad siempre la ostentan ambos progenitores por lo que todas estas decisiones deberán ser consensuadas por ambos y si no fuese posible llegar a este acuerdo solo una autorización judicial permitiría la toma de la decisión por parte de uno de los dos progenitores.

¿Qué ocurre entonces con la autorización para poder viajar con mi hijo?

En este caso, hay que tener en cuenta que usted en el tiempo que por convenio o sentencia judicial le pertenezca el régimen de visitas o estancia con sus hijos, puede hacer con ellos lo que a su criterio sera lo mas correcto.

Esto quiere decir que, si por ejemplo usted tiene un periodo de vacaciones en el cual se reparte por quincenas los meses de julio y agosto, sabe que del 15 de agosto al 31 del mismo mes su hijo o hijos van a pasar las vacaciones estivales con usted, ¿Puede llevárselo

al pueblo de su madre o a Disneyland París?

La respuesta es, DEPENDE.

¿De que depende? depende del lugar donde vaya a realizar el viaje y siempre y cuando se realice en el periodo donde legalmente le pertenezca a usted estar con sus hijos.

Si el viaje lo realiza a cualquier territorio de cualquier estado miembro de la Unión Europea, usted no necesita el consentimiento del otro progenitor para realizar el viaje, siempre y cuando lo vuelvo a recalcar sea en tu tiempo de estancias con los menores.

Lo único que hay que realizar es, un aviso a la otra parte indicando que de tal día a tal día me voy a ir con los niños de viaje a un territorio dentro de la Unión Europa, facilitándole un número de contacto en caso de emergencias o para poder facilitar la comunicación entre los menores y el otro progenitor.

¿Qué ocurre si el viaje lo realizo a un tercer país como puede ser Estados Unidos, Rusia, Sudamérica? Entonces si que necesitará autorización por parte del otro progenitor, y mas teniendo en cuenta que para hacer un viaje a cualquiera de esos territorios necesitará el menor tener un Pasaporte que sin la autorización de los dos padres no podrá expedirse.

Por lo tanto, si usted quiere hacer un viaje con sus hijos tenga en cuenta estas premisas a la hora de tomar una decisión.

José Manuel Sánchez.


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